Por regla general, existe la posibilidad de contratar como trabajadores por cuenta ajena a familiares menores de 30 años hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad sin necesidad de cumplir ningún requisito.

Sin embargo, cuando el familiar sea mayor de 30 años, deberá ser dado de alta en el régimen de autónomos y contratado como autónomo colaborador.

En relación a los requisitos que deben cumplirse para contratar a un familiar:

En el primero de los casos, es decir, cuando el familiar sea menor de 30 años, será necesario justificar la causa de la relación laboral.

Para el caso de que, el familiar sea mayor de 30 años, es indispensable para verificar la validez del contrato, acreditar la falta de convivencia y dependencia económica entre los familiares.

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